domingo, 15 de julio de 2012

La Virgen del Carmen Realejera


LA TRASLACIÓN DE NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN AL CONVENTO DE AGUSTINAS EN 1836
Jerónimo David Álvarez García
Artículo publicado en el programa de Fiestas del Carmen 2012 de Los Realejos

 Este expediente custodiado en el Archivo Diocesano de Tenerife (Sign.1379. Doc.7), confirma "la traslación" o traslado de la imagen de Nuestra Señora del Carmen, desde el extinguido Convento Agustino de San Juan Bautista al Convento de Agustinas Recoletas en 1836. Traslado y depósito provisional que sería ratificado por el obispo al año siguiente en espera de una Real Orden. Don Juan de Gordejuela fundó en el S. XVII estos institutos que influyeron religiosa, económica y socialmente en ambos Realejos. Época de conventos marcada por la piedad y el poder de estos personajes que los utilizaron como enaltecimiento y consolidación social de su linaje. Estos Monasterios mantuvieron relaciones económicas y se socorrieron mutuamente, pues los enseres del agustino se custodiaron en el Recoleto, y las posesiones de estas fueron "administradas" por los varones. Las relaciones entre frailes y monjas, no siempre comprendidas o mal interpretadas por  autores y lectores, y la Venerable Hermandad creada en el S.XVII, determinaron una maraña de relaciones humanas. El incendio de 1806, la reconstrucción del camarín, la Desamortización y el aciago siniestro de 1952 definieron el culto y la ubicación de la Virgen. El incendio y posterior desamortización del convento agustino, nutrió al citado instituto femenino y a la Parroquia de la Concepción de numerosos objetos de culto e imágenes. Entre ellas,  el Nazareno, la Dolorosa, la Magdalena y San Juan. La intervención estatal se justifica por el mal aprovechamiento de los bienes eclesiásticos, en un marco económico y de conflictos bélicos que necesitaba a toda costa hacer caja. Esto no impidió, que la subasta de dichos bienes se perpetrara con ciertas irregularidades, beneficiando a la renaciente burguesía agraria y comercial. De los personajes citados en este documento, cabe reseñar a don Antonio Santiago Barrios, arcipreste y párroco de Santiago, autor del texto que narra el Aluvión que asoló principalmente el norte de Tenerife en 1826.
También gestionó el traspaso del Nazareno agustino, atribuido a Rodríguez de la Oliva, junto a las imágenes citadas, a la parroquia de la Concepción por las mismas fechas que se produjo el que ahora se analiza; a don Pedro Próspero González Acevedo, párroco de la Concepción vinculado a la Orden Tercera, que rigió dicha parroquia durante más de cuarenta años. Dotó a su iglesia con los repartos de la Desamortización e intervino en varios pleitos de las monjas. Solicitó el solar del desmantelado convento franciscano para ubicar en el cementerio; y a las religiosas citadas, pertenecientes a familias ilustres del Valle de la Orotava y otros lugares de la isla. Como ejemplo la familia Ponte, Sor Jesús Mª de San José aristócrata procedente de Güímar y última moradora del Convento y San Aurelio Andueza hermana de un clérigo adscrito a Santiago Apóstol. Lo sucedido en esos días, en tan emblemáticos edificios, queda redactado en estos términos:  El veinte y uno de marzo de mil ochocientos treinta y seis, el Dr. D. José Deza y Goiri, Secretario de Cámara y Gobierno del Obispado de Tenerife en nombre del obispo, nombra comisionado al párroco del Realejo de Arriba don Antonio Santiago Barrios, para ejecutar el inventario de la iglesia del suprimido Convento Agustino de San Juan Bautista del Realejo. La orden exigía entregar
"las llaves de la iglesia, camarin y sacristía y la traslación de las imágenes y efectos existentes en ellas". Si fuera "indispensable poniéndose de acuerdo con la Priora y Religiosas del Monasterio de S. Andrés del Realejo de Abajo. Procediendo a colocar en su ig[lesia] con el decoro debido la imagen de Ntra. Sra del Carmen que se venera en dicha iglesia. Depositarla en ella con sus pertenencias o de su Hermandad y extraerla de dicha iglesia suprimida por consecuencia de las disposiciones de la enunciada Intendencia. Además de las imágenes que se hallen en ella con sus propiedades y objetos para su culto y cuanto exista. De suerte que nada quedara y distribuirlos en las parroquias según se estime oportuno, ejecutándolo todo por inventario formal y asentando todas las actuaciones de entrega legalmente con devolución del expediente a la dicha Secretaria".
El párroco de Santiago acepta y obedece la comisión que se le asigna, pues "ante todo se extraiga de la iglesia la imagen de Nuestra Señora y se deposite interinamente en el Monasterio de Agustinas, previo consentimiento de su prelada a la que se avisará. Así mismo se depositará en el Monasterio el retablo y todo lo que exista en la iglesia suprimida perteneciente a su Cofradía".
 Una semana más tarde el comisionado, "habiendo precedido el consentimiento de la R.M.  Priora y demás madres en consulta para la admisión de la [mariana] imagen manda depositarla en su iglesia".
Por ello, "pasó con asistencia de algunos (…) a la iglesia del extinguido convento Agustino e hizo que con el decoro correspondiente, se colocase la imagen de Ntra. Sra. del Carmen en sus andas de plata y con la mayor decencia y solemnidad se trasladó en procesión muy devota y religiosa a la iglesia de Recoletas. Públicamente, la Priora y demás religiosas constituyeron deposito interino igualmente que del niño. Obligándose en toda forma a tenerla a disposición del  Obispo. Seguidam[en]te, se colocó la Santa Imagen en el nicho del Altar Mayor que a el efecto se  preparó".
Con esto quedó concluido el acto, firmando ante el notario don Juan Crisóstomo Albelo,  el comisionado Santiago Barrios, la priora Sor Bárbara de la Santísima Trinidad y demás religiosas. "El Comisionado se constituyó en el Convento extinguido para sacar las demás imágenes que existían en él. Entregando a los Beneficiados de la Parroquia del lugar D. Pedro González Acevedo y D. Franc[isco] Javier Yanes, a Ntra. Sra. de los Dolores sin la ropa ni demás alhajas de su adorno, p[or] que en el inventario principal no se encontró. A la Magdalena también sin ropa p[or] la misma razón. Tres basas pertenecientes a dichas imágenes, un dosel de brocatel de mucho uso con sus [ilegible] de madera y linas que parecen pertenecer a Jesús Nazareno, un confesionario y una pila de piedra p[ara] agua bendita con su pilar. Reclamando el párroco las dos últimas piezas por pertenecer a la iglesia. Igualm[en]te, [el comisionado] tiene en custodia hasta otra disposición, un órgano viejo y casi inútil que se hallaba en el coro de la iglesia, un altar con un sagrario dorado que hacía de comulgatorio, tres sillas del presbiterio con asientos encarnados, otra de brazos de Moscovia antigua, un candelero de madera que servía de Tenebrario, una piedra de ara, una vara de madera muy vieja y tres imágenes de santos muy viejas sin ropas. Y tres campanas, dos grandes rotas y una pequeña. Lo cual se mandó sentar p[or] diligencia que firmó con los Beneficiados de Ntra Sra de la Concep[cion], entregando y dando fe el notario publico".
Posteriormente se notifica al comisionado Santiago Barrios, que concluida la "evacuación de la iglesia del extinguido convento, se avisará al Comisionado de Rentas y Arbitrios de Amortización del partido de La Orotava", representado en la persona de don Francisco Román,  para que pase a tomar sus llaves cuando tenga p[or] conveniente".
Al pertinente aviso notarial se responde desde la Orotava: "pasaré a ese pueblo el día 6 del corriente a recoger las llaves según esta prevenido". "En el lugar del Realejo de Abajo a seis de abril, habiendo comparecido ante el  Comisionado, el de Amortización de este partido D[o]n Fran[cis]co Román reclamando las llaves de la iglesia, sacristía y camarín del extinguido Convento Agustino, en virtud de orden que p[ar]a ellos tiene el Sr. Inten[den]te de esta Prov[incia], pasaron a d[ic]ha iglesia. Estando en ella entregó la llave de la puerta principal, pues la sacristía no tiene y p[ara] asegurala se había clavado por dentro. La entrega la hizo personalmente de su mano a la del comisionado de Amortización y lo firmaron ambos ante mi el notario". Una vez "practicadas las diligencias se remitió a su Ilustrísima por medio del Secretario de Cámara para que en su vista determine lo que tuviere conveniente".
Finalmente el 25 mayo de 1836, Sor Barbara de la Santísima Trinidad escribe: "Enterada del oficio relativo al deposito que el Sr. Obispo de esta diócesis, mando hacer de la imagen de Ntra Sra del Carmen q[u]e se veneraba en el extinguido Conv[en]to de Agustinos, debo manifestarle que, con el mayor beneplácito admito en mi y en nombre de esta comunidad, el deposito de Nuestra Señora con todo lo demás que la concerniere, en favor de su culto y honra". Así, "en acto continuo el Comisionado asistido del notario se volvió a constituir a la iglesia del extinguido Convento, y dispuso q[u]e se desbarate el retablo en que se hallaba la imagen de N.S. del Carmen. Habiéndose verificado p[or] dos maestros carpinteros, junto con el púlpito, se condujeron al Monasterio de Recoletas donde quedaron depositados. También un frontal de mesa dorada perteneciente al Retablo y Altar Mayor, un velo de damasco encarnado, una alfombra pequeña que cubría la tarima del mismo altar la que igualm[en]te deposito dos bujías (...) y de todo constituyó deposito interino la Priora y demás madres de consulta. Obligándose a tenerlo a disposición del Sr. Obispo. Concluida esta diligencia volvió a trancar la iglesia del convento y firmó con todas las religiosas depositarias,"
 a saber: Sor Barbara de la Santísima Trinidad, priora,  Sor Jesús Mª de San José, superiora, Sor Mª de San Antonio del Corazón de Jesús, Sor Juana del Sacramento de Ponte y Sor San Aurelio Andueza, dando fe el notario don Juan Crisóstomo Albelo. Debido al incendio que se produjo en el desamortizado Convento de San Andrés y Santa Mónica en 1952, fue Nuestra Señora acogida en la Parroquia de la Concepción y posteriormente,  reubicada en su Santuario una vez concluida su reedificación donde recibe culto actualmente.