LA TRASLACIÓN DE NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN
AL CONVENTO DE AGUSTINAS EN 1836
Jerónimo David Álvarez García
Artículo publicado en el programa de
Fiestas del Carmen 2012 de Los Realejos
También gestionó el traspaso del Nazareno agustino,
atribuido a Rodríguez de la Oliva, junto a las imágenes citadas, a la parroquia
de la Concepción por las mismas fechas que se produjo el que ahora se analiza;
a don Pedro Próspero González Acevedo, párroco de la Concepción vinculado a la
Orden Tercera, que rigió dicha parroquia durante más de cuarenta años. Dotó a
su iglesia con los repartos de la Desamortización e intervino en varios pleitos
de las monjas. Solicitó el solar del desmantelado convento franciscano para
ubicar en el cementerio; y a las religiosas citadas, pertenecientes a familias
ilustres del Valle de la Orotava y otros lugares de la isla. Como ejemplo la
familia Ponte, Sor Jesús Mª de San José aristócrata procedente de Güímar y
última moradora del Convento y San Aurelio Andueza hermana de un clérigo
adscrito a Santiago Apóstol. Lo sucedido en esos días, en tan
emblemáticos edificios, queda redactado en estos términos: El veinte y uno de marzo de mil
ochocientos treinta y seis, el Dr. D. José Deza y Goiri, Secretario de Cámara y
Gobierno del Obispado de Tenerife en nombre del obispo, nombra comisionado al
párroco del Realejo de Arriba don Antonio Santiago Barrios, para ejecutar el
inventario de la iglesia del suprimido Convento Agustino de San Juan Bautista
del Realejo. La orden exigía entregar
"las llaves de la iglesia,
camarin y sacristía y la traslación de las imágenes y efectos existentes en
ellas". Si fuera "indispensable poniéndose de acuerdo con la
Priora y Religiosas del Monasterio de S. Andrés del Realejo de Abajo.
Procediendo a colocar en su ig[lesia] con el decoro debido la imagen de Ntra.
Sra del Carmen que se venera en dicha iglesia. Depositarla en ella con sus
pertenencias o de su Hermandad y extraerla de dicha iglesia suprimida por
consecuencia de las disposiciones de la enunciada Intendencia. Además de las
imágenes que se hallen en ella con sus propiedades y objetos para su culto y
cuanto exista. De suerte que nada quedara y distribuirlos en las parroquias
según se estime oportuno, ejecutándolo todo por inventario formal y asentando
todas las actuaciones de entrega legalmente con devolución del expediente a la
dicha Secretaria".
El párroco de Santiago acepta y obedece la comisión
que se le asigna, pues "ante todo se extraiga de la iglesia la imagen
de Nuestra Señora y se deposite interinamente en el Monasterio de Agustinas,
previo consentimiento de su prelada a la que se avisará. Así mismo se
depositará en el Monasterio el retablo y todo lo que exista en la iglesia
suprimida perteneciente a su Cofradía".
Una semana más tarde el comisionado,
"habiendo precedido el consentimiento de la R.M. Priora y demás madres en consulta para la
admisión de la [mariana] imagen manda depositarla en su iglesia".
Por
ello, "pasó con asistencia de algunos (…) a la iglesia del extinguido
convento Agustino e hizo que con el decoro correspondiente, se colocase la
imagen de Ntra. Sra. del Carmen en sus andas de plata y con la mayor decencia y
solemnidad se trasladó en procesión muy devota y religiosa a la iglesia de
Recoletas. Públicamente, la Priora y demás religiosas constituyeron deposito
interino igualmente que del niño. Obligándose en toda forma a tenerla a
disposición del Obispo. Seguidam[en]te,
se colocó la Santa Imagen en el nicho del Altar Mayor que a el efecto se preparó".
Con esto quedó concluido
el acto, firmando ante el notario don Juan Crisóstomo Albelo, el comisionado Santiago Barrios, la priora
Sor Bárbara de la Santísima Trinidad y demás religiosas. "El Comisionado se
constituyó en el Convento extinguido para sacar las demás imágenes que existían
en él. Entregando a los Beneficiados de la Parroquia del lugar D. Pedro
González Acevedo y D. Franc[isco] Javier Yanes, a Ntra. Sra. de los Dolores sin
la ropa ni demás alhajas de su adorno, p[or] que en el inventario principal no
se encontró. A la Magdalena también sin ropa p[or] la misma razón. Tres basas
pertenecientes a dichas imágenes, un dosel de brocatel de mucho uso con sus [ilegible] de madera y linas que parecen
pertenecer a Jesús Nazareno, un confesionario y una pila de piedra p[ara] agua
bendita con su pilar. Reclamando el párroco las dos últimas piezas por
pertenecer a la iglesia. Igualm[en]te, [el comisionado] tiene en
custodia hasta otra disposición, un órgano viejo y casi inútil que se hallaba
en el coro de la iglesia, un altar con un sagrario dorado que hacía de
comulgatorio, tres sillas del presbiterio con asientos encarnados, otra de
brazos de Moscovia antigua, un candelero de madera que servía de Tenebrario,
una piedra de ara, una vara de madera muy vieja y tres imágenes de santos muy
viejas sin ropas. Y tres campanas, dos grandes rotas y una pequeña. Lo cual se
mandó sentar p[or] diligencia que firmó con los Beneficiados de Ntra Sra de la
Concep[cion], entregando y dando fe el notario publico".
Posteriormente se notifica al
comisionado Santiago Barrios, que concluida la "evacuación de la
iglesia del extinguido convento, se avisará al Comisionado de Rentas y
Arbitrios de Amortización del partido de La Orotava", representado en la
persona de don Francisco Román, para que
pase a tomar sus llaves cuando tenga p[or] conveniente".
Al pertinente
aviso notarial se responde desde la Orotava: "pasaré a ese pueblo el
día 6 del corriente a recoger las llaves según esta prevenido". "En el lugar del
Realejo de Abajo a seis de abril, habiendo comparecido ante el Comisionado, el de Amortización de este
partido D[o]n Fran[cis]co Román reclamando las llaves de la iglesia, sacristía
y camarín del extinguido Convento Agustino, en virtud de orden que p[ar]a ellos
tiene el Sr. Inten[den]te de esta Prov[incia], pasaron a d[ic]ha iglesia.
Estando en ella entregó la llave de la puerta principal, pues la sacristía no
tiene y p[ara] asegurala se había clavado por dentro. La entrega la hizo
personalmente de su mano a la del comisionado de Amortización y lo firmaron
ambos ante mi el notario". Una
vez "practicadas las diligencias se remitió a su Ilustrísima por medio
del Secretario de Cámara para que en su vista determine lo que tuviere
conveniente".
Finalmente
el 25 mayo de 1836, Sor Barbara de la Santísima Trinidad escribe: "Enterada
del oficio relativo al deposito que el Sr. Obispo de esta diócesis, mando hacer
de la imagen de Ntra Sra del Carmen q[u]e se veneraba en el extinguido
Conv[en]to de Agustinos, debo manifestarle que, con el mayor beneplácito admito
en mi y en nombre de esta comunidad, el deposito de Nuestra Señora con todo lo
demás que la concerniere, en favor de su culto y honra". Así,
"en acto continuo el Comisionado asistido del notario se volvió a
constituir a la iglesia del extinguido Convento, y dispuso q[u]e se desbarate
el retablo en que se hallaba la imagen de N.S. del Carmen. Habiéndose
verificado p[or] dos maestros carpinteros, junto con el púlpito, se condujeron
al Monasterio de Recoletas donde quedaron depositados. También un frontal de
mesa dorada perteneciente al Retablo y Altar Mayor, un velo de damasco
encarnado, una alfombra pequeña que cubría la tarima del mismo altar la que
igualm[en]te deposito dos bujías (...) y de todo constituyó deposito interino
la Priora y demás madres de consulta. Obligándose a tenerlo a disposición del
Sr. Obispo. Concluida esta diligencia volvió a trancar la iglesia del convento
y firmó con todas las religiosas depositarias,"
a saber: Sor Barbara
de la Santísima Trinidad, priora, Sor
Jesús Mª de San José, superiora, Sor Mª de San Antonio del Corazón de Jesús,
Sor Juana del Sacramento de Ponte y Sor San Aurelio Andueza, dando fe el
notario don Juan Crisóstomo Albelo. Debido al incendio que se produjo en
el desamortizado Convento de San Andrés y Santa Mónica en 1952, fue Nuestra
Señora acogida en la Parroquia de la Concepción y posteriormente, reubicada en su Santuario una vez concluida
su reedificación donde recibe culto actualmente.